Publicado por Fabian - 31/07/2010 a las 05:07:45

Muchos aficionados a la pesca no suelen contratar ninguna de las modalidades de seguros de pesca por desconocimiento o por creer que no es necesario, pero una vez que le surgen las eventualidades a la que están expuestos lamentan no haber estado cubiertos. Es por ello que caser cuenta con responsabilidad civil pesca.
Responsabilidad Civil Pesca:
Le permite a los aficionados a la pesca, no preocuparse por los posibles problemas y solo concentrarse en la pesca, pueden acceder a una cobertura a medida.
Esta póliza Cubre la Responsabilidad Civil durante la practica de la pesca deportiva con caña dentro del territorio español.
Incluye una garantía de accidentes corporales y asistencia sanitaria para imprevistos que pudieran surgirles.
Responsabilidad Civil:
Un límite de 150.000€.
Defensa y Fianzas:
Ambas incluidas, y en el caso de libre designación de abogado, tendrás un límite de 601,01€.
Accidentes Corporales:
Ante fallecimiento por accidente, incluye el riesgo “in itinere”, el capital asegurado sería de 18.000€.
Ante invalidez permanente, la cifra ascendería hasta 18.000€ (baremada).
Asistencia sanitaria, el capital asegurado sería de hasta 1.500€

Publicado por Fabian - 27/07/2010 a las 04:43:09

Los seguros de caza han ido ganado terreno entre los cazadores, caser cuenta con “Caser Caza”, posibilita cumplir con la Ley y acceder a coberturas de en responsabilidades civiles para el asegurado para la práctica de la caza dentro de España.
Además a través de la póliza podrán incorporar otras garantías de carácter complementario, por medio de 5 modalidades de contratación.
R.C. Obligatoria:
Tiene un límite de 90.151,82€ por cada víctima, ante daños corporales generados en las personas debido a un disparo del arma que usan para la caza, y de los ocasionados durante el tiempo de descanso que sean en los límites del terreno de caza, siempre que estén realmente practicando la caza.
Defensa y Fianzas:
Asistencia complementaria.
R.C Obligatoria:
Cuenta con un límite de 90.151,82€ por víctima por daños corporales a las personas por disparo de arma de caza, y los ocasionados en el tiempo de descanso estando dentro de los límites del terreno de caza.
Defensa y Fianzas.
R.C. Voluntaria:
Límite de 60.101,21 € por siniestro, ante daños corporales y materiales a un tercero con arma larga, además de la utilización de perros, con el fin de cazar o durante el tiempo de descanso, siendo en los límites del terreno de caza, cuando esté practicando la caza, y por daños durante el montaje y limpieza de armas de caza durante todo el año.
Asistencia Complementaria:
R.C. Obligatoria:
Es esta modalidad, el límite es de hasta 90.151,82 € por víctima por daños corporales en las personas debido a un disparo de arma de caza, y los ocasionados durante el descanso siempre que sean en los límites del terreno de caza, mientras se practique la caza.
Defensa y Fianzas:
R.C. Voluntaria:
Un límite de 60.101,21 € por siniestro, ante daños corporales y materiales a un tercero con un arma larga, así como la utilización de perros, con la finalidad de cazar o en los descansos, estando dentro de los límites del terreno de caza, y se esté practicando la caza, además de los daños durante el montaje y limpieza de armas de caza durante todo el año.
Accidentes Corporales:
Los ocasionados al asegurado por un accidente con ocasión de cazar o durante el tiempo de descanso y que sean en los límites del terreno de caza, o durante el desplazamiento para ir y volver de la práctica de la caza.
Fallecimiento por Accidente:
30.050,61 €
Invalidez Permanente por Accidente:
Hasta 30.050,61 € (baremada)
Asistencia Sanitaria:
Hasta 601,01€.
Daños a las Armas:
Con un límite de 100% del valor a nuevo, y un máximo por siniestro y año de seguro, destrucción total del arma por explosión o reventón durante la práctica de la caza.
Teniendo un Límite de: 450,76€ con una franquicia de 12,02 €.
Asistencia complementaria.
R.C. Obligatoria:
Límite de 90.151,82 € por víctima ante daños corporales en personas por un disparo de un arma de caza, y los originados en el tiempo que no se esté cazando siempre que estén en los límites del terreno de caza.
Defensa y Fianzas:
R.C. Voluntaria:
Tiene como límite 60.101,21 € por cada siniestro, por daños corporales y materiales a un tercero con arma larga, además de incluir la utilización de perros, y que hayan sido por cazar o en los tiempos de descanso, y dentro de los límites del terreno de caza, y por los daños durante el montaje y limpieza de armas de caza durante todo el año.
Accidentes Corporales:
Los accidentes que sean originados hacia el asegurado debido a un accidente por cazar u en medio del descanso en los límites del terreno de caza, y durante el desplazamiento para ir y volver.
Fallecimiento por Accidente:
30.050,61 €
Por invalidez permanente por accidente:
Hasta 30.050,61€ (baremada)
Asistencia Sanitaria:
Hasta 601,01€
Daños a las Armas:
Hasta el límite de 100% del valor a nuevo, con máximo por siniestro y año de seguro, la destrucción total del arma por la explosión o reventón al estar cazando.
Límite: 450,76€ con una franquicia de 12,02 €.
Fallecimiento del Perro de Caza:
Garantiza el pago de una indemnización por fallecimiento del perro asegurado que figura en las Condiciones Particulares, por un accidente debido a un arma de fuego de otro cazador que no sea el asegurado durante la caza.
Asistencia Complementaria.
En la Opción 5:
Las condiciones son idénticas a la opción 4, con la ventaja de que podrán contratarse 2 perros.
Teniendo un Límite: 300,51 € por perro.
